Conocer los plazos que establece cada compañía aseguradora para indemnizar económicamente, pagar o dar algún servicio o prestación es importante para asegurarnos de que se respetan los derechos del cliente asegurado y se cumplen todas las leyes.
Por eso, hoy desde Caleuche.es te traemos este artículo en el que te explicamos todo lo que necesitas saber acerca del funcionamiento de los plazos de las compañías aseguradoras. ¿Te interesa? Pues lee con atención porque, ¡empezamos!
Plazos de indemnización y reparación de objetos asegurados en caso de siniestro
Antes de nada, has de saber que todas las partes implicadas en un contrato de seguro (el beneficiario del mismo; el contratante del seguro; la propia compañía aseguradora; el beneficiario, y el tomador del seguro) han de seguir al pie de la letra los plazos aparecidos en la Ley 25/2014 de RSVDPPAC (Reforma del Sistema para la Valoración de Daños y Perjuicios causados a las Personas en Accidentes de Circulación), por un lado; y en la Ley 40/70 de Contrato de Seguro, por el otro.
Así, en caso de siniestro y/o accidente, la persona asegurada (o el tomador o beneficiario del seguro) deberá presentar la comunicación del siniestro acontecido ante las oficinas de su compañía aseguradora en un plazo máximo de 7 días después de haberlo conocido, tal y como dicta el artículo 27 de la Ley de Contrato de Seguros.
En función del tipo de accidente y de la compañía aseguradora de que se trate, es posible que se nos exija presentar también determinada documentación (Documento Nacional de Identidad; lugar y dirección de residencia; etcétera) y, si se trata de un robo y/o hurto, será necesario interponer también una demanda a la Policía.
Después, la compañía aseguradora iniciará el proceso de examen de nuestra notificación del siniestro y, para ello, suele echar mano de un perito profesional que se encarga de realizar todo el proceso de evaluación de daños y perjuicios.
Como este proceso puede alargarse incluso semanas dependiendo de la gravedad del accidente y de otros factores, la persona asegurada puede tratar de acelerarlo mediante la no asunción de pagos sin preguntar antes a la compañía aseguradora si están cubiertos; reduciendo al máximo los daños causados en el accidente; o guardando archivos o documentos que puedan facilitar la tarea del perito.
En todo caso, la compañía aseguradora cuenta con un plazo de tiempo de 40 días como máximo para realizar las indemnizaciones (económicas o de otro tipo) que correspondan a su cliente asegurado. Así, es posible que a la aseguradora le toque indemnizar o quizá realizar una reparación del objeto asegurado en cuestión.
Así que, en definitiva, los seguros cuentan con un plazo máximo de 40 días para realizar la indemnización y/o reparación del objeto u objetos asegurados pero, si por X o por Y el proceso terminara complicándose, este plazo podría alargarse hasta los 3 meses.
Otros plazos importantes
En caso de que se produzcan diferencias entre lo dictado por el seguro y la propuesta realizada por el asegurado, este último dispondrá de 30 días para reclamar las modificaciones oportunas.
Por otro lado, si se quiere cancelar la renovación de una póliza, es importante hacérselo saber a la compañía aseguradora vía escrita y con 2 meses de antelación como mínimo.
Además, todas las acciones que se deriven de una póliza prescribirán a los 2 años para daños materiales y a los 5 años para daños de carácter personal.
Por otra parte, en caso de que la compañía aseguradora se demorara más de 3 meses en pagar las debidas indemnizaciones, el asegurado recibiría un 20 por ciento más por cada año que pase.
Y, por último, hay que decir que las propuestas de las pólizas tienen una validez de 15 días y, una vez transcurrido ese plazo, el cliente no podrá exigir que se respeten las condiciones ofrecidas.